Al considerar la compra de una vivienda, uno de los aspectos más importantes a tener en cuenta es la carga impositiva que esta conlleva. Entre estos impuestos, el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es uno de los más relevantes. Sin embargo, cuando se trata de viviendas de segunda mano, la situación cambia considerablemente en comparación con la adquisición de una vivienda nueva.
Empecemos por el principio, ¿Qué es una vivienda de segunda mano?
Antes de profundizar en el IVA, es esencial aclarar qué se entiende por vivienda de segunda mano. En términos generales, una vivienda se considera de segunda mano cuando ya ha sido transmitida una vez, es decir, cuando ya ha tenido un propietario previo. Esto incluye tanto viviendas usadas como aquellas que se venden después de un período en el que no han sido habitadas, siempre que no se trate de una primera transmisión del inmueble.
¿Cuál es el IVA en este tipo de viviendas?
En España, la compra de viviendas de segunda mano no está sujeta al IVA, sino al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Este impuesto varía en función de la comunidad autónoma en la que se encuentre el inmueble y se calcula sobre el precio de compra. A diferencia de las viviendas nuevas, donde se aplica un IVA del 10%, las de segunda mano están exentas de este impuesto.
La razón principal por la que las viviendas de segunda mano no están sujetas al IVA es que este impuesto solo se aplica a las primeras transmisiones de un bien. En el caso de una vivienda de segunda mano, la propiedad ya ha sido vendida al menos una vez, por lo que el IVA ya se ha aplicado en la primera transacción. En su lugar, el comprador debe pagar el ITP, que grava las transmisiones de bienes usados o de segunda mano.
El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)
El ITP es un impuesto transferido a las comunidades autónomas, lo que significa que su tipo impositivo puede variar dependiendo de la región. Generalmente, este impuesto oscila entre el 6% y el 10% del valor de la compraventa, aunque algunas comunidades autónomas pueden ofrecer tipos reducidos para determinados colectivos, como jóvenes o personas con discapacidad.
El cálculo del ITP se realiza sobre el valor declarado de la vivienda en la escritura de compraventa. No obstante, las autoridades fiscales pueden comprobar si este valor se ajusta al valor de mercado del inmueble. Si consideran que el valor declarado es inferior al valor real de mercado, pueden exigir el pago del impuesto sobre un valor mayor.
Para ilustrarlo mejor, veamos algunos ejemplos de los tipos de ITP en distintas comunidades autónomas:
- Madrid: El tipo general es del 6%, aunque puede reducirse al 4% para viviendas adquiridas por familias numerosas.
- Cataluña: El tipo general es del 10%, con reducciones al 5% para menores de 32 años, personas con discapacidad o familias numerosas.
- Andalucía: El tipo impositivo varía del 7% al 10%, dependiendo del valor de la vivienda.
Es importante verificar siempre el tipo impositivo vigente en la comunidad autónoma donde se ubica la vivienda que se desea adquirir, ya que estos pueden cambiar.
Otros impuestos y gastos relacionados
Además del ITP, la compra de una vivienda de segunda mano también puede estar sujeta a otros gastos e impuestos, como los gastos de notaría y registro, esenciales para formalizar la compraventa y registrar la propiedad a nombre del nuevo propietario, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), el cual se aplica en algunos casos, dependiendo de la comunidad autónoma y del tipo de operación; o la plusvalía municipal, también conocida como Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), que grava el incremento de valor del terreno desde la última transmisión.
Si estás considerando adquirir una vivienda de segunda mano, te recomendamos informarte sobre las normativas vigentes en tu comunidad autónoma y consultar con un experto inmobiliario para asegurarte de cumplir con todas las obligaciones fiscales. Puedes consultar nuestra oferta de viviendas de segunda mano aquí.